2007/02/02

EL DERECHO DE DEFENSA Y SÁLVESE QUIEN PUEDA

EL DERECHO DE DEFENSA Y SÁLVESE QUIEN PUEDA

Una observación previa: ingenuamente se confía en que las sentencias penales son algo parecido a la verdad revelada. No señor, los tribunales tienen una limitación fundamental y es la presunción de inocencia. Quien podría dictaminar con (algo más de) libertad es una comisión parlamentaria, pero están tan viciadas por rodillos y otras mayorías, que tampoco. Al final, los más de fiar van a ser las compañías de seguros, que no ventilan ninguna cuestión moral, puramente económica, y aquí caben las compensaciones, hoy por ti, mañana por mí.
Pues bien, hubo hace tiempo un accidente ferroviario, nada extraordinario, como ocurren otros muchos incidentes en cualquier sector. Los tribunales, con las limitaciones expuestas, acabarán diciendo lo que sea, pero lo cierto es que un tren no respetó una limitación de velocidad en un cambio de agujas. Héteme aquí que muchas veces los jueces condenan a profesionales de todos los ramos, no solo del ferroviario, también del sanitario, de la carretera, de cualquier ámbito, porque aunque los profesionales se defiendan diciendo que cumplieron los reglamentos internos al pie de la letra, su señoría entiende que no vale ampararse en los reglamentos, que hay que ir más allá y evitar la producción del daño. Claro que llevado este axioma al extremo, se paralizaría la producción, así, literalmente, pero no conozco ningún caso de rebelión colectiva y gremial contra los tribunales.
Resulta que a veces condenan a los conductores porque los jueces entienden que aunque los reglamentos digan que puede/tiene que ir a 90 por hora, en función de las circunstancias debería ir en disposición de parar.
El gremio de conductores (y cualquiera) pone el grito en el cielo ante tamaña injusticia.
Pero, paradojas de la vida, ahora resulta que este conductor, en su legítima defensa, dice que del puesto de control no le avisaron del cambio de vía ¡de lo que no hay obligación! Pues nada, ahora dio la vuelta la tortilla. Ahora, para defenderse, el que se escandalizaba porque los jueces condenaban por acciones u omisiones a las que no se está obligado, ese mismo pide la condena del que no le avisó del cambio de vía, que (repito) no tenía obligación reglamentaria.
Lo dicho, vistamos los intereses de principios, y si algo sale bien es porque se tenía razón y si sale mal, siempre se puede echar la culpa al juez o al abogado.
Y este comentario será corporativismo.
La vida.

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