2010/04/06

LA SENTENCIA DEFINITIVA

Reconoces un malsano interés por investigar la veracidad de las noticias en la medida de tus posibilidades. En este caso tocó la vez al titular de LA VOZ DE ASTURIAS “Las víctimas no quieren olvidar”, que se refiere a las víctimas asturianas del terrorismo etarra.

Las familias de las víctimas, también víctimas, describen con detalle unos hechos, y como hablan de una sentencia del Tribunal Supremo de 1995 te da por buscarla. Las víctimas no exageran mucho o a lo mejor no exageran nada, porque quizá conozcan hechos o datos que no necesariamente aparecen en las sentencias, que no describen lo ocurrido, sino lo que se pudo probar, o también lo más relevante.

Dicho esto, que resulta accidental en este caso, intentas buscar en el buscador de sentencias (PENAL, SENTENCIAS, 1995) a través de los nombres o apellidos de las víctimas, José Luis Vázquez, Avelino Palma, Ángel Prado, o de los criminales, Ismael Arrieta, Ignacio Aracama Mendía, José Lorenzo Ayestarán, y no la encuentras, pero si escribes “Salvatierra y ciclista”, que es el lugar del atentado y una palabra clave, das con ella.

Pese a que ya no hay presunción de inocencia, tampoco secreto sumarial y la sentencia es definitiva, por no sabes qué razones, se oculta la identidad de unos y otros, a los que se refiere como Mariano o Aurelio y las víctimas son Luis Alberto, Salvador y Joaquín.

Di tú que la trampa rescampla, pero son ganas de cogérsela con papel de fumar.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Pese a que ya no hay presunción de inocencia, tampoco secreto sumarial y la sentencia es definitiva, por no sabes qué razones..."

Las razones son las siguientes, una cosa es que las compartamos o no, pero la motivación viene dada por la Agencia Española de Protección de Datos, que textualmente señala:


"En el caso que nos ocupa la puesta a disposición del público en general de la sentencia sin anonimizar, es decir, sin eliminar los datos que identificaran o pudieran identificar al afectado, sin su consentimiento supone la violación de las garantías y principios establecidos por la legislación de protección de datos. Tratar los datos sin consentimiento del afectado constituye el tipo de infracción descrito."

Luis Simón Albalá Álvarez dijo...

De acuerdo. No obstante, cualquiera sin ser demasiado experto da con las personas concretas si se ponen fechas, lugares y circunstancias.