2013/06/15

EL ARBITRAJE DEPORTIVO Y LA JUSTICIA

En qué quedó el encargo:

http://sipiluchi.blogspot.com.es/2013/04/encargos.html

Como tienes noticias del aprobado irrevocable, ya se puede publicar el engendro.

Hay muchos dichos populares que aluden a la justicia, por ejemplo “pleitos tengas y los ganes” o  “más vale un mal arreglo que un buen pleito”. Esos y otros aforismos son reflejo de una realidad que se reproduce en todas las sociedades y en todos los tiempos, a saber, que en las actividades humanas son inevitables las disputas, y que en lo posible hay que evitarlas porque incluso el triunfador pierde algo. Sin embargo, como las controversias son inevitables, es necesario establecer un sistema que dirima las seguras discrepancias que van a aparecer.

En las actividades de puro entretenimiento no suelen surgir disconformidades importantes, de ahí que no sea necesario establecer previamente un sistema de reglas que zanje los posibles conflictos, o si hay unas normas no es necesaria la presencia de ninguna persona, de ningún árbitro que las aplique. Sin embargo, en cuanto el deporte sobrepasa los límites del mero pasatiempo para convertirse en competición, aun en la mínima escala, nace la necesidad de un árbitro. El árbitro, como la justicia, es un mal necesario.

Por suerte, los ciudadanos no están permanentemente involucrados en asuntos judiciales, de ahí que muchas veces las decisiones de los árbitros deportivos, por su enorme difusión sean para muchos un ejemplo de la aplicación de la justicia. Es entonces cuando pueden comprobar que las reglas y los criterios por los que se rige un árbitro no discrepan demasiado de las pautas judiciales. Al fin y al cabo, todos aplican normas jurídicas aunque sean de distinto rango y diferente ámbito.

Veamos algunos paralelismos:

-         La adopción de decisiones en base a normas, al derecho positivo; en un caso se trata de leyes, decretos o bandos municipales; en otro, reglamentos de federaciones deportivas. A veces las normas son claras, lo que facilita la tarea del árbitro o del juez. En otras, dependen de la valoración personal, como cuando en el boxeo, el árbitro está facultado para parar un combate si observa una inferioridad manifiesta por parte de algún púgil. No hay un baremo de lesiones o síntomas que conviertan en mecánica la labor arbitral. 
-         La toma en consideración de la intencionalidad de los sujetos intervinientes. De igual forma que en el derecho penal se distinguen los delitos dolosos (los cometidos con total intencionalidad) de los culposos (en los que por una imprudencia se llega al mismo resultado), en la práctica deportiva el árbitro tiene que decidir de inmediato si un ciclista obstaculizó a sabiendas a otro en un sprint, o si el futbolista tocó la pelota con el brazo queriendo. Las consecuencias no son las mismas si se valora la existencia de intencionalidad o no.
-         La búsqueda de la imparcialidad en el nombramiento de árbitros y jueces. Unos y otros están en el mundo, tienen sus filias y sus fobias, y pueden sentir inclinaciones de favorecer o perjudicar a las partes contendientes. De ahí que los jueces estén obligados a abstenerse en aquellos asuntos en los que tengan amistad o enemistad manifiesta, y por lo mismo, los árbitros no pueden pertenecer a la misma región que los equipos en liza. 
-         La presión ambiental. Los jueces está sometidos a presiones cuando los políticos, los medios de comunicación o los ciudadanos emiten insistentemente opiniones sobre un caso en el que aquellos tengan que decidir, pero también los árbitros cuando se les recuerdan los fallos cometidos en contra de un equipo buscando de esa forma una especie de de compensación de cara al futuro.
-         El aumento del número de jueces o de árbitros según la trascendencia del caso o de la competición deportiva. Así como en un partido de una categoría inferior es suficiente con un árbitro, también en las reclamaciones de escaso importe la sentencia la dicta un único juez. Sin embargo, en finales importantes puede haber tres o más árbitros. Lo mismo sucede en los Tribunales de Justicia.

Ahora algunas diferencias:

-         La inmediatez de la decisión arbitral, decidir en el acto si el balón traspasó la portería y fue gol, o si un defensa tocó la pelota con la mano, choca con la mayor lentitud de las sentencias, que aunque se pueden dictar en el acto (las sentencias “in voce”) no son las más habituales. Con ser importante la inmediatez, lo es más la justicia y la búsqueda de la verdad material, de ahí que en el arbitraje deportivo se utilicen cada vez más los avances técnicos, como es el caso del “ojo de halcón” en el tenis para comprobar si una pelota pisó la raya o quedó fuera, o técnicas similares para comprobar si tocó la red en el saque desde el fondo de la pista, pero incluso en estos casos es el propio árbitro quien toma la decisión final. Como la limpieza en el deporte es un objetivo superior, cabe la posibilidad de que algunos triunfos deportivos sean anulados, por ejemplo en casos de dopaje, más en deportes individuales que colectivos, donde es más difícil determinar la aportación concreta del infractor.
-         La inapelabilidad en las decisiones deportivas. La decisión del árbitro es irrevocable, salvo que a instancias de sus ayudantes o de los propios jugadores, la rectifique, pero al cabo de muy pocos segundos. Si posteriormente se demuestra que hubo errores, el resultado final no se modifica, aunque pueden estimarse otros efectos como anular una expulsión injusta y que el infractor no sea penalizado. Por el contrario, las resoluciones judiciales son siempre apelables ante una instancia superior.

Quizá los valores más relevantes que ha de encarnar el Derecho sean la justicia y la seguridad jurídica; la primera entendida como búsqueda de la verdad objetiva, de la razón y de la igualdad; la segunda entendida como búsqueda de la permanencia de las decisiones y de la previsibilidad de los comportamientos. La permanente tensión entre estos dos valores contrapuestos se manifiesta tanto en las decisiones arbitrales deportivas como en las sentencias del mundo judicial civil.

Seguramente el perfeccionamiento del arbitraje deportivo en su doble vertiente de incorporación de los avances tecnológicos y de formación continua de los árbitros en el conocimiento y aplicación de las normas, contribuirían pedagógicamente a una mejor consideración de la justicia en general, dada las trascendencia y la difusión de las decisiones arbitrales en los medios de comunicación.

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