2015/03/23

LA UVI MÓVIL

Lees que en aplicación de la doctrina de la pérdida de la oportunidad, condenaron a Sanidad, es decir, a todos los que pagan impuestos, por el desacierto de un médico que mandó una UVI normal y no una UVI móvil en el caso que la noticia detalla, de la que sabemos únicamente la versión de los vencedores.


Antes de opinar sobre materia tan sensible seguramente deberías documentarte como mínimo sobre los antecedentes del caso concreto, que desconoces; el número de ambulancias móviles disponibles en Asturias; los protocolos de actuación antes los ictus, etc..


Si fueras el médico que con su acción/omisión desencadenó el fatal desenlace vital y jurídico,  ‘de aquí p’arriba’ solicitarías UVI móvil ante la más mínima duda y eso que la condena no fue en la vía penal, sino en la contencioso-administrativa, seguramente insatisfactoria para la familia, que apela al juicio inexorable de la conciencia. 

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